República de Panamá · Metales y piedras preciosas

Cumplimiento para joyerías, sin frenar la venta

Identificación del comprador, origen de los fondos, cribado contra listas de sanciones y personas con responsabilidad pública, y el expediente documentado de cada operación. Antes de entregar la pieza, no después.

Por qué es sujeto obligado

Ley 23 de 2015 · artículo 23, numeral 7

Son sujetos obligados no financieros las empresas dedicadas a la comercialización de metales preciosos y las dedicadas a la comercialización de piedras preciosas, en cualquiera de sus formas, sea mediante la entrega física o compra de contratos a futuro.

La ley no distingue por tamaño ni por volumen: si comercializa metales o piedras preciosas de forma profesional, está dentro. Y la modalidad tampoco importa — la entrega física y la compra de contratos a futuro quedan igualmente cubiertas.

El sector es atractivo por una razón concreta: una pieza de alto valor es portátil, conserva su precio y se revende con facilidad. Eso la convierte en un vehículo cómodo para introducir fondos, y es lo que explica la atención del supervisor.

El incumplimiento se sanciona con multas de 5.000 a 1.000.000 de balboas, y el supervisor puede imponer multas progresivas hasta que se subsane.

Ley 23 de 2015, artículos 60 y 62.

Las señales que su equipo debe reconocer

Catálogo de Indicadores de Riesgo · Arte, joyas y antigüedades · Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales, septiembre de 2024

  • Clientes que adquieren productos de gran valor, o en cantidad superior a la usual, sin demostrar conocimiento ni experiencia en el sector.
  • Compradores que muestran poco interés por las características del bien, no negocian el precio ni las condiciones y piden cerrar en un plazo muy corto.
  • Quien solicita u ofrece la devolución o la recompra de la mercancía, sobre todo si en la adquisición se usó efectivo o fondos de territorios sensibles.
  • Cualquier trato con un representante en el que la identidad del titular real permanece oculta, en contra del procedimiento normal del negocio.
  • Pagos de cierta entidad en efectivo, mediante cheques al portador o por endoso de otros medios transferibles, sin explicación lógica.
  • Aplazamiento del pago a fecha muy cercana a la compra, especialmente si no se establece garantía que lo asegure.
  • Divergencias entre el domicilio que figura en los datos del comprador y aquel en el que va a producirse la entrega del bien.
  • Compradores de metal precioso para fundición cuando se sospecha que no se destina a uso industrial.

Qué hacemos por usted

1

Identificamos al comprador antes de la entrega

Formulario digital con enlace de un solo uso y código de acceso por canal distinto, o presencial con los mismos campos. El cliente lo rellena desde su móvil.

2

Cribamos contra listas

Sanciones, personas con responsabilidad pública y prensa adversa, con listas de elaboración propia. Cada coincidencia se resuelve y se documenta.

3

Documentamos el origen de los fondos

Y cuando la operación lo exige, redactamos el examen especial por escrito, con independencia de su cuantía.

4

Calificamos el riesgo con la matriz del supervisor

Cliente, geografía, producto y canal, con los pesos del Acuerdo JD-02-2022 y el desglose a la vista.

5

Dejamos el expediente listo para una visita

Historial auditable de cada cambio, con autor y fecha, y el expediente completo exportable.

¿Lo lleva usted, o lo llevamos nosotros?

Lo lleva usted

40 $ / mes

La plataforma completa: expedientes, cribado, beneficiario final, matriz de riesgo y declaraciones. El análisis lo hace su equipo.

Lo llevamos nosotros

A consultar

La plataforma más el análisis de cada operación, el manual de cumplimiento y la documentación que exige la SSNF.

La condición de sujeto obligado es suya y no se delega. Nosotros ejecutamos el análisis y lo documentamos; la decisión sobre cada cliente y la relación con la UAF siguen siendo suyas.

En Cumplimiento Corp.

En Panamá trabajamos con En Cumplimiento Corp.

La tecnología y la metodología son nuestras; la licencia, el conocimiento de la Ley 23 y el acompañamiento sobre el terreno son suyos. Conozca cómo trabajamos juntos.