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Ley 10/2010

Reglamento europeo AMLR 2027: qué cambia para pymes

El Reglamento (UE) 2024/1624 se aplica desde el 10 de julio de 2027. Qué es el paquete AMLR, qué hace la AMLA y cómo afecta a las pymes obligadas.

AC
25 sept 20266 min lectura
Reglamento europeo AMLR 2027: qué cambia para pymes

Resumen en 30 segundos

  • →El Reglamento (UE) 2024/1624 (AMLR) se aplica desde el 10 de julio de 2027 en toda la UE
  • →Al ser reglamento, es directamente aplicable: las reglas de diligencia debida pasan a ser comunes en toda Europa
  • →Fija un límite de 10.000€ para pagos en efectivo, aunque España mantiene su límite de 1.000€

Europa ha rehecho su normativa antiblanqueo. Hasta ahora cada país transponía directivas a su manera; en España, a través de la Ley 10/2010. A partir de julio de 2027, buena parte de las reglas vendrán de un reglamento europeo idéntico para todos.

Qué es el AMLR

AMLR son las siglas en inglés de *Anti-Money Laundering Regulation*: el Reglamento (UE) 2024/1624, de 31 de mayo de 2024, relativo a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. Según su artículo 90, se aplica a partir del 10 de julio de 2027. La única excepción son los agentes de fútbol y los clubes de fútbol profesional, para los que se aplica desde el 10 de julio de 2029.

A diferencia de una directiva, un reglamento no necesita transposición: es obligatorio y directamente aplicable en cada Estado miembro.

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El paquete: tres normas

  • Reglamento (UE) 2024/1624 (AMLR): las obligaciones de los sujetos obligados (diligencia debida, titular real, comunicación, control interno)
  • Directiva (UE) 2024/1640 (AMLD6): la organización de la supervisión y de las unidades de inteligencia financiera en cada país
  • Reglamento (UE) 2024/1620: crea la AMLA, la Autoridad Europea de Lucha contra el Blanqueo de Capitales, con sede en Fráncfort

Qué cambia para una pyme obligada

Reglas comunes de diligencia debida

Las obligaciones de identificar al cliente, identificar al titular real, conocer el propósito de la relación, evaluar el riesgo y comunicar operaciones sospechosas se recogen en el propio reglamento. Si ya cumples la Ley 10/2010, la base es la misma; lo que cambia es el detalle y la fuente.

Límite europeo de efectivo

Desde el 10 de julio de 2027, quienes comercien con bienes o presten servicios no podrán aceptar ni efectuar pagos en efectivo superiores a 10.000€, tanto en una sola operación como en varias que parezcan relacionadas (Art. 80). Los Estados pueden fijar límites más bajos: en España sigue vigente el límite de 1.000€.

Más sectores obligados

El reglamento mantiene como obligados a sectores como agentes inmobiliarios, asesores fiscales, notarios, abogados en determinadas operaciones y comerciantes de metales y piedras preciosas, y amplía el perímetro a comerciantes de determinados bienes de alto valor.

La AMLA

La AMLA supervisará directamente a algunas entidades financieras de mayor riesgo y coordinará a los supervisores nacionales. Para una pyme no financiera, el supervisor seguirá siendo nacional, pero con criterios más homogéneos en toda la UE.

¿Y la Ley 10/2010?

La Ley 10/2010 no desaparece de un día para otro: España tendrá que adaptar su normativa al nuevo marco, eliminando lo que quede sustituido por el reglamento y transponiendo la AMLD6. Mientras tanto, y hasta que se aplique el AMLR, la Ley 10/2010 y su Reglamento siguen plenamente vigentes y son los que revisa el SEPBLAC hoy.

Qué hacer ahora

  • Cumple hoy la Ley 10/2010: identificación, diligencia debida, screening y conservación son la base de ambos marcos
  • Ordena tus datos: un expediente estructurado por cliente se adapta mucho mejor a nuevas reglas que una carpeta de fotocopias
  • Revisa tu política de efectivo, sobre todo si eres joyería o inmobiliaria
  • Sigue las novedades: la adaptación española del nuevo marco traerá cambios de detalle

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