Inicio/Arte y antigüedades
Ley 10/2010 · Art. 2.1.r · Arte y antigüedades

Prevención del blanqueo para galerías, anticuarios y casas de subastas

Quien comercia profesionalmente con arte o antigüedades, o hace de intermediario, es sujeto obligado por la Ley 10/2010. SimplifiAML te ayuda a identificar a compradores y vendedores, al titular real que hay detrás de cada sociedad y a comprobarlos contra listas de sanciones antes de cerrar la venta.

Art. 2.1.r

Comercio e intermediación de arte

60.000€

Multa mínima infracción grave (Art. 57)

10 años

Conservación documentación (Art. 25)

Art. 2.1.r — Ley 10/2010

¿Es sujeto obligado una galería o un anticuario?

Sí. La Ley 10/2010 incluye a quienes comercian profesionalmente con objetos de arte o antigüedades y a quienes actúan como intermediarios en ese comercio, como galerías y casas de subastas. También alcanza a quienes almacenan o comercian con estos bienes en puertos francos. Eso implica identificar a las partes, aplicar diligencia debida, conservar la documentación y comunicar al SEPBLAC las operaciones sospechosas.

Por qué el arte atrae el blanqueo

Una obra concentra mucho valor en poco espacio, su precio es difícil de contrastar y puede comprarse a través de intermediarios o sociedades sin que aparezca el comprador real. Por eso el mercado del arte está en el foco de los supervisores europeos.

Multas desde 60.000€

No identificar a las partes o no documentar la diligencia debida son infracciones graves con multa mínima de 60.000€ (Art. 57).

Compradores que no dan la cara

Compras a través de representantes, sociedades o fondos cuyo titular real no se identifica son una de las señales de alerta clásicas del sector.

Precios difíciles de justificar

Pagos muy por encima o por debajo del valor de mercado, o reventas rápidas con grandes diferencias de precio, exigen un examen especial.

Clientes internacionales

Coleccionistas extranjeros, PEP o fondos de jurisdicciones de riesgo exigen screening y diligencia reforzada antes de la venta.

Diligencia debida · SEPBLAC

Obligaciones PBC en el comercio de arte

  • ✓Identificar a compradores y vendedores con documento fehaciente (Art. 3)
  • ✓Identificar al titular real cuando interviene una sociedad (Art. 4)
  • ✓Conocer el propósito de la operación y el origen de los fondos cuando proceda (Art. 5)
  • ✓Comprobar a las partes contra listas de sanciones, PEP y RCA
  • ✓Aplicar diligencia reforzada a PEP y clientes de países de riesgo (Arts. 11-16)
  • ✓Examinar y comunicar al SEPBLAC las operaciones sospechosas (Arts. 17 y 18)
  • ✓Conservar la documentación durante 10 años (Art. 25)

Automatización PBC

Cómo te ayuda el software en cada venta

  • →Formulario KYC digital: el cliente sube su documentación y firma desde el móvil
  • →Identificación del titular real de sociedades y fondos compradores
  • →Screening contra listas de sanciones, PEP, RCA y prensa negativa
  • →Expediente por cliente y operación, listo para inspección
  • →Alertas cuando un cliente aparece en una nueva lista
Ver todas las funcionalidades de SimplifiAML →Proteger mi galería ahora →

Desde 39€/mes · Sin permanencia

Screening con SimpliData — ver cobertura de listas

Qué automatiza el software y qué sigue siendo tuyo

SimplifiAML automatiza la identificación, el screening y la documentación. La valoración de cada operación y la responsabilidad ante el SEPBLAC siguen siendo tuyas como sujeto obligado.

Qué automatiza el software

  • ✓Identificación y screening de compradores y vendedores
  • ✓Registro del titular real y de las decisiones de diligencia debida
  • ✓Expedientes ordenados por cliente, listos para inspección
  • ✓Alertas ante coincidencias en listas

Qué sigue siendo tuyo

  • →Valorar si el precio y el origen de los fondos tienen sentido
  • →Decidir si hay indicios para comunicar al SEPBLAC
  • →La responsabilidad final como sujeto obligado

Cumple la Ley 10/2010 en tu galería sin frenar la venta

Onboarding guiado. Sin equipo técnico. Sin permanencia.

Proteger mi galería ahora →

Sin compromiso · Demo gratuita · En español