Qué es el PBC: la prevención del blanqueo de capitales
Qué significa PBC (o PBC/FT), qué es el blanqueo de capitales según la Ley 10/2010, quién está obligado y qué obligaciones tiene cada sujeto obligado.

Resumen en 30 segundos
- →PBC son las siglas de prevención del blanqueo de capitales. Como la misma ley cubre la financiación del terrorismo, también se escribe PBC/FT
- →En España la regula la Ley 10/2010, de 28 de abril, desarrollada por el Real Decreto 304/2014
- →No obliga a todo el mundo: solo a los sujetos obligados del artículo 2, como bancos, inmobiliarias, joyerías, gestorías, asesores fiscales o abogados en determinadas operaciones
Qué es el blanqueo de capitales
La Ley 10/2010 (Art. 1.2) considera blanqueo, entre otras conductas, convertir o transferir bienes sabiendo que proceden de una actividad delictiva para ocultar su origen, ocultar o encubrir su origen, localización o propiedad real, y adquirir, poseer o utilizar bienes sabiendo, al recibirlos, que proceden de un delito.
El PBC es el conjunto de medidas que la ley impone a determinadas empresas y profesionales para que su negocio no se use con ese fin. Su objetivo, según el artículo 1.1, es proteger la integridad del sistema financiero y de otros sectores de actividad económica.
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Quién tiene que cumplirlo
La ley llama sujetos obligados a quienes deben aplicar estas medidas, y los enumera en su artículo 2. Además de las entidades financieras, incluye entre otros a:
- Inmobiliarias que intermedian en compraventas o en alquileres de importe elevado
- Joyerías y quienes comercian profesionalmente con joyas, piedras o metales preciosos
- Gestorías y asesorías que prestan servicios de contabilidad o asesoramiento fiscal, y auditores
- Notarios y registradores
- Abogados cuando participan en determinadas operaciones, como compraventas de inmuebles o constitución de sociedades
- Casinos y otros operadores de juego
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Qué obliga a hacer
Las obligaciones se agrupan en tres bloques de la ley:
1. Diligencia debida (Capítulo II, arts. 3 a 16). Conocer a tu cliente antes de operar:
- Identificarlo con documentos fehacientes (Art. 3)
- Identificar al titular real cuando el cliente es una sociedad (Art. 4)
- Conocer el propósito de la relación y la actividad del cliente (Art. 5) y hacer un seguimiento continuo (Art. 6)
- Aplicar medidas reforzadas en los casos de mayor riesgo, como países con deficiencias estratégicas (Art. 11) o personas con responsabilidad pública (Art. 14)
2. Obligaciones de información (Capítulo III, arts. 17 a 25).
- Examinar con especial atención las operaciones que puedan estar relacionadas con el blanqueo (Art. 17)
- Comunicar al SEPBLAC las operaciones en las que haya indicio o certeza de blanqueo, incluso la mera tentativa (Art. 18)
- No revelar al cliente que se ha comunicado (Art. 24)
- Conservar la documentación durante 10 años (Art. 25)
3. Control interno (Capítulo IV, arts. 26 a 33).
- Tener políticas y procedimientos por escrito, normalmente en un manual de prevención, basados en un análisis de riesgo (Art. 26)
- Someterse a un examen externo cuando corresponda (Art. 28)
- Formar a los empleados (Art. 29)
Las empresas más pequeñas tienen algunas exenciones en los procedimientos de control interno, pero no en la diligencia debida ni en la comunicación de operaciones sospechosas. Lo explicamos en la guía para microempresas.
Quién lo supervisa
El SEPBLAC, el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, recibe las comunicaciones de operaciones sospechosas e inspecciona a los sujetos obligados.
¿Cuál es tu riesgo real?
Incumplir la ley tiene sanciones graduadas (Arts. 56 a 58):
- Infracciones leves: amonestación privada o multa de hasta 60.000€
- Infracciones graves: multa mínima de 60.000€
- Infracciones muy graves: multa mínima de 150.000€
Lo detallamos en nuestra guía de multas de la Ley 10/2010.
Cómo SimplifiAML resuelve esto
SimplifiAML es el software de prevención del blanqueo de capitales de Cumplifai, pensado para pymes obligadas por la Ley 10/2010:
- Identificación del cliente y del titular real en el mismo expediente
- Screening contra listas de sanciones, PEPs y prensa negativa
- Cada comprobación registrada con su fecha
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Fuentes
- Ley 10/2010, de 28 de abril — BOE — Arts. 1, 2, 3 a 6, 11, 14, 17, 18, 24 a 26, 28, 29 y 56 a 58
- Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo — BOE

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